BAMBÚ ESTÉREO 90.1 F.M se permite precisar la nota publicada en la sección «LA GUACA» del periódico virtual «el Quindiano», titulado:»SUSPENDEN LIQUIDICACION DE LA CRÓNICA DEL QUINDIO I», en el entre escrito … «por la radio», relacionada con situacion conflictiva que la emisora tiene con el señor Diego Felipe Urrea.
Ver Link: https://www.elquindiano.com/la-guaca/41018
A continuación compartimos los textos enviados al Señor Director del periódico «El Quindiano», Miguel Angel Rojas, el 17 de febrero del 2023, como solicitud aclaratoria, así:
TEXTO 1
Asunto: Solicitud de aclaración
Cordial y respetuoso saludo
De manera atenta me permito hacer las precisiones necesarias a una nota aparecida en su importante periódico virtual “el Quindiano”, en sección “la guaca” de su autoría del día 16 de febrero del año en curso.
“Por la radio
“…. La otra emisora en conflicto es la comunitaria del municipio de Córdoba, que se llamaba Bambú Estéreo. Esta emisora le fue cedida en arrendamiento al señor Gustavo Hernández Castaño, pero antes de un año, el Ministerio de las TICs la evaluó y la cerró. Ahí, entonces, intervino la sociedad que tenía los derechos, también encabezada por el señor Diego Felipe Urrea, la recuperó y la puso nuevamente al aire, esta vez con el nombre de La Bacana, es decir, rescató el antiguo nombre de la emisora de Salento. No podemos olvidar que las emisoras comunitarias están hechas, según su filosofía para el servicio de la comunidad a las que pertenecen.”
En mi modesta opinión creo que hay una información precisa en lo relacionado con la emisora de Salento. Por respeto no me atrevo a lanzar ningún juicio. Debe ser Juan Manuel Lenis, quien aclare en qué estado se encuentra el proceso conflictivo en lo que respecta a esa emisora.
En lo que respecta a mí, la emisora comunitaria del municipio de Córdoba, lo único cierto es el conflicto, el resto del contenido de la nota es totalmente impreciso.
Veamos, uno a uno, el contenido de su nota:
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La nota dice: … “La otra emisora en conflicto es la comunitaria del municipio de Córdoba, que se llamaba Bambú Estéreo…”
Es totalmente cierto que existe en la actualidad un conflicto.
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… “Esta emisora le fue cedida en arrendamiento al señor Gustavo Hernández Castaño… “
La emisora no fue arrendada, fue comprada por mí.
El proceso de compra, brevemente, fue el siguiente:
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Convinimos un precio de compra-venta y se hizo un contrato de concesión, el cual, fue incluido en actas de la asociación y de Junta Directiva.
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Fui incluido como miembro de ASREDCOR, para lo cual hubo necesidad de cambios estatutarios y composición de sus miembros.
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Se incluyó la compra de la concesión en las actas de ASREDCOR, incluido los cambios en el patrimonio.
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… “pero antes de un año, el Ministerio de las TICs la evaluó y la cerró.”
No es cierto lo que se afirma.
Ni el Ministerio, a hoy, evaluado la emisora comunitaria del municipio de Córdoba, ni la ha cerrado.
Bambú Estéreo está funcionando y transmitiendo desde el dial autorizado mediante la resolución 01293 del 21 de abril de 2.022, 90.1 F.M.
Yo, la tengo funcionando desde estudios en el municipio de Córdoba.
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… “Ahí, entonces, intervino la sociedad que tenía los derechos, también encabezada por el señor Diego Felipe Urrea, la recuperó y la puso nuevamente al aire, esta vez con el nombre de La Bacana, es decir, rescató el antiguo nombre de la emisora de Salento.”
No es cierto. Permítame decirle que, uno no recupera algo, si ese algo no se le ha perdido.
Es necesario precisar que, las emisoras comunitarias son otorgadas a asociaciones y no a personas naturales, de conformidad con la normatividad vigente. Entonces no es una sociedad quien obtiene los derechos, es la comunidad, a través de una asociación.
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La emisora comunitaria del municipio de Córdoba, con dial 90.1 F.M. fue entregada en concesión por la resolución 01293 del 21 de abril de 2.022, a la asociación ASREDCOR.
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La anterior emisora se la compré yo a ASREDCOR, tal como lo expliqué en el punto anterior.
Ahora bien, en cuanto a que, Diego Felipe Urrea, puso nuevamente al aire la emisora “la Bacana”, antiguo nombre de la que tenía en Salento, eso es cierto.
También es cierto que la tiene funcionando en el dial 90.3 F.M.
En cuanto a la legalidad o no de dicho funcionamiento, no lo sé. Serán las autoridades respectivas quienes lo precisarán.
Atentamente,
José Gustavo Hernández Castaño.
TEXTO 2
Cordial y respetuoso saludo
De manera atenta me permito hacer las precisiones necesarias a una nota aparecida en su importante periódico virtual “el Quindiano”, en sección “la guaca” de su autoría del día 15 de febrero del año en curso.
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Los derechos de concesión otorgados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- MINTIC, en lo relacionado con la emisora comunitaria del municipio de Córdoba Quindío se hizo mediante resolución 01293 del 21 de abril de 2.022 a la Asociación de Red de Comunicación Comunitaria de Calarcá ASREDCOR y no a Diego Felipe Urrea, como persona natural.
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El proceso para otorgar las Licencias de Concesión de las emisoras comunitarias se inició en el año 2.019 y la resolución 727 de 30 de abril de 2020 de MINTIC, declara 188 viabilidades seleccionadas en 185 municipios, en el país y dentro de ellos se encuentra el municipio de Córdoba Quindío.
La citada resolución en su artículo 1, dice:
“ARTÍCULO 1. VIABILIDAD. Declarar la viabilidad para el otorgamiento de las licencias de concesión para la prestación en gestión indirecta del servicio de radiodifusión sonora comunitario, en frecuencia modulada (FM), Clase …”
Y para otorgar la licencia se debían llenar los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 3. REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN. A partir de la notificación de la presente Resolución, las comunidades organizadas cuya propuesta es declarada viable, contarán con un término improrrogable de ocho (8) meses para presentar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los siguientes documentos:
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Estudio técnico de conformidad con lo establecido en el correspondiente Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.
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Concepto favorable de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil respecto a la ubicación y altura de la antena e iluminación y señalización de la torre.
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Acta de constitución de la Junta de Programación.
PARÁGRAFO 2. Si al vencimiento del plazo establecido en el presente artículo, la comunidad organizada no ha presentado la documentación requerida, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones procederá a cancelar su correspondiente viabilidad. “
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Sin tener licencia aún, cuando solo tenía una viabilidad mediante la resolución 727 de 2.020, Diego Felipe Urrea, me ofrece en venta una emisora.
Para la época, poco conocía de la normatividad regulatoria, específica, del funcionamiento de las emisoras y menos de las comunitarias, hoy, puedo decir que conozco un poco más.
En esas condiciones de desconocimiento compré una supuesta emisora, pues, solamente era una resolución en la que otorgaban una viabilidad, no a Diego Felipe, sino, a la Asociación ASREDCOR de la cual, él hacía parte.
Para legalizar la compra me incluyeron como COMO ASOCIADO ADHERENTE y como miembro honorario y vitalicio; además como miembro de la junta Directiva y como Director Ejecutivo suplente o, Representante legal suplente de la Asociación ASREDCOR.
Así lo consignaron en el punto 3 del orden del día de la Asamblea, como consta en el acta 02 de la Asamblea General del 21 de septiembre de 2.020. Igualmente, hicieron reforma de estatutos y en el registro de asociados, para incluirme como asociado e incluir también las decisiones de la compra. Compra que quedó haciendo parte de las actas respectivas, general de Asociados y de Junta Directiva.
En el punto 4.2 del acta también se consignó lo relacionado con el patrimonio, en los siguientes términos: (transcribo textualmente)
4.2. Patrimonio
En este punto se hace necesario reformar el Capítulo referente al Patrimonio de la ASOCIACIÓN RED DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA DE CALARCÁ, teniendo en cuenta que el Dr. JOSE GUSTAVO HERNANDEZ CASTAÑO, acaba de ingresar a la Asociación una suma considerable de dinero y equipos que en adelante formarán parte del Patrimonio de la Asociación.
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En estas condiciones inicié el proceso de inversiones (cuantiosas inversiones) para dar cumplimiento a los requisitos exigidos en la resolución que otorgó la viabilidad, así:
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Alquilé terreno para la instalación de la torre y las antenas de transmisión.
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Procedí a contratar la construcción y ensamblaje de los equipos de transmisión.
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Contratar la sede desde donde debíamos salir al aire en el municipio de Córdoba
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Instalación de los equipos de transmisión y de enlace en el municipio de Córdoba.
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Consecución de las autorizaciones de planeación municipal, IGAC, aeronáutica civil, etc.
Todo este proceso se ejecutó previo y conducente a obtener el otorgamiento de la licencia de concesión, otorgada a ASREDCOR, en el año 2.022, mediante la resolución 01293 del 21 de abril de 2.022, la cual, sale al aire como Bambú Estéreo en el dial 90.1 F.M.
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En junio del 2.022 el señor Diego Felipe Urrea, en diálogo con el señor Edgar Andrés Manrique, dueño de la emisora de Filandia, Quindío, también con dial 90.1 F.M. para facilitar la entrega en concesión o en venta con una comunidad cristiana y, no hacerle interferencia decide, motu propio, cambiar el dial de la Emisora de Córdoba Bambú Estéreo al dial 90.3 F.M.
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Me opuse radicalmente a esa decisión por lo que derivó en el conflicto que actualmente se tiene.
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Como resultado de lo anterior el señor Diego Felipe Urrea, lleva a Asamblea extraordinaria de asociados de ASREDCOR la propuesta de retirarme de la Junta Directiva y expulsarme de la asociación, decisión que consignaron en acta el 19 de agosto de 2.022.
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Dicha acta fue impugnada ante el juzgado de Calarcá (por competencia), el cual, la aceptó y decidió decretar la suspensión provisional de las decisiones tomadas en el acta de la asociación del 19 de agosto de 2.022.
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Para su conocimiento la Asociación Red de Comunicación Comunitaria de Calarcá, ASREDCOR, más que una asociación de comunicadores, es una asociación de carácter familiar, hecha a la medida y al servicio de DIEGO FELIPE URREA VANEGAS. Su composición es la siguiente:
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Asociados fundadores y/o gestores
Daniela Ospina Vanegas, Representante legal, es hermana media de Diego Felipe Urrea Vanegas (por el lado de la mamá).
Diego Urrea, es el padre de Diego Felipe Urrea Vanegas.
Luisa Fernanda, es la esposa o compañera permanente y madre de uno de los hijos de Diego Felipe Urrea Vanegas.
Diego Felipe Urrea Vanegas, es el secretario de la Asociación. Es quien actúa como dueño o propietario de la emisora comunitaria.
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Asociado adherente, honorario,
José Gustavo Hernández Castaño, a partir de septiembre 21 de 2020.
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Toda la situación detallada anteriormente la puse en conocimiento de la Agencia Nacional del Espectro, ANE y del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- MINTIC desde el mes de noviembre de 2.022.
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La Doctora MÓNICA LILIANA GUTIÉRREZ BERNAL, Subdirectora de Vigilancia e Inspección de MINTIC, en respuesta del 16 de diciembre de 2.022, con radicado: 222129766, consignó en una de sus partes lo siguiente:
“.. En armonía con lo precedente, el ordenamiento legal vigente establece que los concesionarios que presten los servicios de Radiodifusión Sonora de tipo Comunitario y de Interés Público tienen restricciones pues no pueden ceder, vender, arrendar o transmitir bajo ningún título a terceros, los derechos derivados de la concesión otorgada; el incumplimiento de esta reglamentación sobre la materia supone una falta grave y de demostrarse se podrían imponer sanciones como resultado de un procedimiento administrativo de carácter sancionatorio adelantado por el MinTIC por lo tanto una vez se realicen las verificaciones respectivas si se determina que hubo incumplimiento se dará traslado a la Subdirección de Investigaciones Administrativas en aras de determinar la viabilidad de iniciar un procedimiento administrativo de carácter sancionatorio.”
… “Ahora bien, atendiendo su solicitud se procederá a realizar un informe de verificación del estado de cumplimiento de las obligaciones derivadas de concesiones, autorizaciones y permisos en materia de servicios de Radiodifusión Sonora del referido concesionario.”
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De la respuesta anterior se puede colegir que hay un actuar ilegal, contrario a la normatividad, por parte del señor Diego Felipe Urrea y por ende su asociación familiar ASREDCOR.
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Parece ser que, de acuerdo con la misma respuesta, también, han existido y existen problemas con la otra emisora que tienen en Salento con dial 92.1 F.M. a través de la fundación “Panorama Ambiental”, fundación también de carácter familiar, pero, en la cual actúa y funge como dueño.
Su modelo ha sido cambiar de nombre la emisora, cada rato: “prisma”, “los Juanes”, “la Bacana”, “Rumba del café” a medida que va entregando, vendiendo o arrendando la concesión a terceros, no autorizadas o contrariando lo dispuesto en la ley.
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Como vendió, arrendó o permitió trasmitir a terceros, la emisora comunitaria de Salento, Quindío, 92.1 F.M. antes “la Bacana” a otro empresario de Pereira, ahora Rumba Café”, entonces siguió con la Bacana en el dial 90.3 F.M. y utilizando en publicidad como si salieran en el dial 90.1 F.M. y apoyándose en la resolución de la 01293 del 2.022, de la emisora comunitaria de Córdoba.
De la anterior situación serán las autoridades las que dirán si es o no permitido y si se hace merecedor o no de una sanción administrativa y/o penal. Serán las autoridades competentes quienes lo dirán.
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Con el debido respeto, en lo atinente a la emisora de Salento, 92.1 F.M. le sugiero se informe mejor, en este asunto, con el periodista Juan Manuel Lenis, con quien Juan Diego Urrea tiene otro conflicto, pendiente de resolver, creo que en lo civil y lo penal.
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Como quiera que yo le compré la emisora comunitaria de Córdoba a la asociación ASREDCOR, así quedó constando en libros y en actas, hago uso de esa propiedad, y estamos saliendo al aire desde el municipio de Córdoba, como Bambú Estéreo, por el dial 90.1 F.M., con transmisores y antenas en Córdoba, con estudios en Córdoba, autorizada en esas coordenadas y en ese dial mediante la resolución 01293 del 2.022, mientras las autoridades no digan lo contrario.
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Me encuentro estudiando los documentos firmados de la compra-venta hecha con la asociación ASREDCOR, y la normatividad respectiva, para presentar las demandas respectivas en lo civil y lo penal, en el momento que sea necesario impetrarlas.
De usted atentamente,
José Gustavo Hernández Castaño.
Anexos: RESPUESTAS DEL MINISTERIO DE LAS TECNOLOGÍAS Y LAS COMUNICACIONES.